SCIO: Revista de Filosofía

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PRESENTACIÓN

Bosco Corrales Trillo


La cuestión de las personas migrantes y, en especial, de los refugiados, ha ido cobrando una importancia cada vez mayor en la reflexión filosófica de las últimas décadas. En el ámbito internacional, autores como Joseph Carens, Matthew Gibney o David Miller, son algunos de los representantes de una literatura cada vez más numerosa dedicada a la ética aplicada a la migración y el asilo. Muchos filósofos influyentes, tanto desde el liberalismo como desde el comunitarismo, aunque no se han dedicado a este tema de manera especializada, han visto la necesidad de expresar sus ideas al respecto, ya en obras filosóficas, ya en artículos destinados a formar la opinión pública; véase, entre otros, a Charles Taylor, Michael Walzer o el mismo Jürgen Habermas. En el campo de la antropología filosófica y la filosofía política, quizá sea Giorgio Agamben el que con mayor profundidad se ha dedicado a explorar la condición de los refugiados y su vida en los campos, inspirado por la experiencia de Hannah Arendt y ayudado por los conceptos de la biopolítica de Michel Foucault. En nuestro país, especialmente desde la perspectiva de la filosofía política y del derecho, Javier de Lucas, Juan Carlos Velasco o Ángeles Solanes, son algunos de los nombres que más resuenan en esta área de la investigación filosófica. Los autores aquí mencionados no son sino botones de muestra de una cada vez más amplia y compleja red de discusiones filosóficas acerca de la temática en cuestión.

El aumento en cantidad e intensidad del pensamiento y el debate filosófico responde a una llamativa intensificación del fenómeno de las migraciones y los desplazamientos forzados de grandes masas de población. En los últimos treinta años, el número de migrantes a nivel mundial se ha multiplicado por dos, hasta alcanzar los doscientos ochenta millones de personas en la actualidad, según los datos de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Muchos de ellos –la mayoría– no emigran por placer ni por mejorar sus ya más que aceptables condiciones de vida. Los pensionistas del norte de Europa, los profesionales liberales o los ciudadanos acomodados son los menos entre los migrantes. La mayoría son migrantes pobres o con pocos recursos que aparecen como un problema con el que lidiar, más que como personas con las que tratar. Poblaciones empobrecidas que se presentan en nuestros países con las manos vacías, esperando encontrar un medio de subsistencia que les permita proyectar una vida digna para ellos y sus familias. Son migrantes que incomodan.

De esos doscientos ochenta millones de personas, ochenta millones son desplazados forzosos: personas que huyen de la guerra, de la violencia generalizada, del hambre, de la miseria, en definitiva, de la ausencia de futuro. De ellos, veintiséis millones son refugiados o personas en busca de refugio fuera de sus países, según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). A raíz de la tristemente célebre crisis de los refugiados, que tuvo su punto álgido en Europa en 2015-2016, el tema de los refugiados, sus derechos, las obligaciones de los Estados donde solicitan asilo y múltiples cuestiones interrelacionadas se han convertido en asunto de primera magnitud en el ámbito de la política nacional e internacional, en los medios de comunicación y hasta en una de las mayores preocupaciones de los ciudadanos europeos a juzgar por los eurobarómetros. Así pues, no cabe duda de que la migración y el asilo son uno de los temas de nuestro tiempo que la filosofía no puede dejar de pensar.

Un ejemplo de aguda reflexión filosófica sobre el tema es Aporofobia. El rechazo al pobre, de Adela Cortina (2017). Considera la autora que el término aporofobia describe mejor la actitud de las sociedades ricas hacia los refugiados que el de xenofobia. No es tanto un rechazo al extranjero o al distinto, como al pobre. El migrante rico, el hombre de negocios, el médico de reconocido prestigio, los pensionistas alemanes no provocan las actitudes y políticas de rechazo que pudimos observar durante la crisis migratoria en la UE. Es el necesitado el que nos contraria, sea extranjero o autóctono. Los indigentes perturban, lo queramos o no, la paz social de los pudientes y nos urgen a repensar actitudes, leyes, políticas, jerarquías de valores.

Ahora bien, la reflexión sobre el tema, si quiere ser fiel a la realidad y contribuir eficazmente a encontrar caminos de solución, no puede ser solo filosófica, sino que por la naturaleza del fenómeno y por la practicidad que la reflexión persigue, se impone un trabajo interdisciplinar. Por eso, en este número hemos apostado por una aproximación a la migración y al refugio desde distintas disciplinas. Comenzando por la filosofía, como corresponde a una publicación de la índole de SCIO, los autores analizan la cuestión también desde las ciencias políticas, la historia y las ciencias de la educación, y nos proporcionan una visión panorámica que nos permite apreciar en su justa medida la complejidad del problema. Un valor añadido del presente fascículo es la internacionalidad de las contribuciones. Profesores de universidades españolas, estadounidenses e israelíes presentan reflexiones sobre fenómenos migratorios globales, europeos, latinoamericanos y de Oriente Medio.

En el primer artículo, Ángeles Solanes, catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia, profundiza en el principio de non-refoulement o no devolución de solicitantes de asilo a países donde su vida o su libertad pudieran correr peligro. El asilo es un campo en el que parecen estar claros los derechos, pero no están bien especificados los deberes que corresponden a tales derechos, lo que crea vacíos legales que dan lugar a situaciones generalizadas de lo que M. Gibney, en The Ethics and Politics of Asylum (2004), calificaba de verdadera “hipocresía organizada” por parte de los Estados. Las personas necesitadas de protección internacional tienen el derecho unánimemente reconocido de gozar de asilo, pero no está claro quién tiene el deber de proporcionárselo ni cuál es el alcance de dicho deber. En esta situación, el principio que siempre se ha considerado vinculante para todos los países es el de no retorno. Si algo estaba claro en materia de obligaciones hacia los solicitantes de asilo es que ningún Estado de derecho que se precie puede, bajo ningún concepto, devolverlos a un país no seguro, al menos sin haber primero determinado si tiene o no derecho a protección internacional. Es de suma importancia que dicho principio mantenga su fuerza vinculante.

Teresa Vicente, profesora titular de la Universidad de Murcia, reflexiona en su artículo sobre el concepto de refugiados climáticos. La Convención de Ginebra define a la persona con derecho a refugio como aquella que huye de la persecución por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular o por sus opiniones políticas. ACNUR, consciente de que hay otras razones por las que millones de personas necesitan hoy en día protección internacional, ha ampliado el concepto, incluyendo a quienes huyen de situaciones de violencia generalizada que suponen un peligro para su vida o integridad física. Sin embargo, hay más motivos que fuerzan a las personas a huir de sus países de origen para buscar refugio en otros. Algunos de esos motivos son la falta de alimentos y de agua o la insalubridad provocadas por factores resultantes del cambio climático. El vacío legal en relación con este tema hace no solo importante, sino acuciantemente urgente una reflexión seria que arroje luz sobre la cuestión y contribuya a la propuesta de soluciones. La autora une al análisis filosófico su experiencia en los campos de refugiados, lo que da como resultado un artículo en el que pensamiento y acción se entrelazan, como deberían hacerlo en la vida real de nuestras sociedades y en las políticas públicas de nuestros gobiernos.

También sobre refugiados, pero desde el punto de vista de las ciencias políticas, trata la contribución de Richard Middleton, profesor de la Universidad de Missouri-St. Louis, y Teresa Flores. Los autores evalúan el caso de la política chilena de naturalización de refugiados, destinada a reducir la apatridia y facilitar los procesos de integración de inmigrantes. Un análisis empírico de los procedimientos y resultados del plan nacional #Chilereconoce –que pone en práctica las propuestas del ACNUR para erradicar la apatridia– permite demostrar la eficiencia y el éxito de dicho plan, que los autores proponen como modelo replicable para otros Estados. En el plano teórico, el artículo muestra el caso de esta política chilena como muestra de que un Estado que se compromete efectivamente con los derechos humanos que oficialmente declara y una sociedad civil activa pueden contribuir con éxito a la defensa de los derechos fundamentales de personas inmigrantes y solicitantes de asilo.

Ampliando la perspectiva del presente fascículo, el artículo del historiador Mauricio Dimant, profesor de la Universidad Hebrea de Jerusalén, desplaza el foco desde los refugiados en particular, hacia el panorama de los migrantes en general. Dimant nos presenta un estudio histórico sobre la percepción de futuro de algunas comunidades de migrantes en la región patagónica y cómo dicha percepción marcó su proceso identitario cultural y político, afectando al curso de sus vidas de manera decisiva. Las expectativas de futuro son una cuestión de primera importancia en la ética de la migración, ya que la oportunidad de asentarse permanentemente o no en un país determina la capacidad de los inmigrantes para plantearse un proyecto de vida digna. Pues bien, este artículo muestra que la proyección de futuro por parte de colectivos de inmigrantes en Patagonia desempeñó un papel fundamental con respecto a sus posibilidades de participación en la vida política y de integración en el mercado laboral y en la sociedad de acogida en general, condiciones indispensables para un proyecto de vida digna.

La relevancia de las perspectivas de futuro como condición de una vida digna es también el objeto del artículo de Anabel Lifszyc-Friedlander, profesora de Ciencias de la Educación de la Universidad de Tel-Aviv. Su texto nos presenta las conclusiones de una investigación cuantitativa y cualitativa sobre cómo la concesión de la residencia permanente por el Estado de Israel a quinientos hijos de trabajadores extranjeros cambió radicalmente las vidas de estos. El nuevo estatus civil influyó enormemente en sus oportunidades de encontrar trabajo digno y les dio la posibilidad de estudiar en la universidad, enrolarse en el ejército, viajar al extranjero o poder votar; disminuyó el miedo a que deportaran a sus padres o a que la policía les parara por la calle y les pidiera una documentación que no tenían; les proporcionó la serenidad necesaria para trazar sus proyectos de vida y les permitió pertenecer de pleno derecho a una sociedad de la que se sentían parte, pero que los excluía oficialmente. El cambio de estatus legal no solo cambió radicalmente aspectos prácticos de sus vidas cotidianas en los que cualquier habitante de un Estado de derecho debería tener la posibilidad de desenvolverse con normalidad, sino que resultó ser crucial en el proceso de construcción de su identidad y en el establecimiento de lazos sólidos de pertenencia, lo que les brindó condiciones de vida equiparables a las de cualquier ciudadano; condiciones básicas para proyectar sus vidas.

Esperamos que estas aproximaciones interdisciplinares a la situación de las personas migrantes en general y de las forzosamente desplazadas en particular, contribuya a mejorar la comprensión de esta y, sobre todo, a subrayar la importancia de acometer reformas institucionales y actitudinales que favorezcan la protección de sus derechos fundamentales.