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Guía de buenas prácticas de las revistas de la UCV

1. Introducción. Características de las revistas

Las revistas científicas de la UCV dependen del Vicerrectorado de Investigación, que establecerá las medidas tendentes a que se cumplan los criterios que a continuación se detallan en este documento.

El Servicio de Publicaciones, que depende del Vicerrectorado de Investigación, será responsable técnico de la publicación de las revistas, que deben cumplir las características de: calidad, visibilidad, impacto, código ético e internacionalización.

Cada una de las revistas de la UCV contará, al menos, con la preceptiva versión digital. Se debe disponer de una normativa de presentación de originales y sistema de citación, de ámbito Internacional (APA, en Humanidades y Ciencias Sociales; VANCOUVER en Ciencias), supervisado y eventualmente aprobado por el responsable del Servicio de Publicaciones, y siempre empleando la última versión disponible.

Para llevar a cabo la revisión externa de los originales se debe disponer de una plantilla o ficha de evaluación exhaustiva, en español e inglés (se adjuntan plantillas a modo de ejemplo) a cumplimentar a través de la plataforma por parte del revisor externo, para que quede evidencia de su valoración.

Las revistas deben tener un sitio web institucional u oficial, que debe permitir el acceso libre a todos los contenidos. 

El contenido imprescindible de una revista a efectos de indexación serán los artículos originales de investigación. No obstante, se podrán incluir recensiones, reseñas críticas, obituarios, comentarios a artículos científicos, noticias, resúmenes o actas de congresos, comentarios de novedades bibliográficas, etc. Estas secciones, si bien no se tienen en cuenta a efectos de indexación, sí que pueden enriquecer el contenido de la revista a efectos de transferencia y divulgación.

Desde el Servicio de Publicaciones se asesorará a los editores de las revistas en el correcto uso de la plataforma de edición, a través de tutoriales o reuniones puntuales, o de cuantas dudas puedan surgir en el proceso editorial.

Desde el Vicerrectorado de investigación se puede requerir colaboración de un responsable de supervisión editorial, o incluso de los directores de las restantes revistas de la UCV, a fin de revisar si el número a editar cumple con toda la normativa vigente, en términos de calidad, ética y transparencia, antes de proceder a la edición.

El Vicerrectorado de investigación establecerá unas directrices sobre qué recursos y apoyo debe dotar a cada una de las revistas.

2. Código de buenas prácticas en la edición de revistas científicas de la UCV

La calidad y el rigor que debe exigirse a una revista de investigación no puede disociarse de una serie de principios éticos que, dentro del proceso de publicación, afectan a editores, evaluadores y autores. Estos principios se basan en las recomendaciones del Committee on Publication Ethics (COPE) y en el International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE), se recoge a continuación y en la indicación de la CRUE, COSCE y CSIC en la Declaración Nacional sobre Integridad científica (diciembre de 2015), según la cual las universidades, en tanto que entidades difusoras del conocimiento, deberán velar por la integridad y la transparencia en la Investigación.

Desde el Vicerrectorado de Investigación se establece este código de buenas prácticas, en el que se detallan los deberes del editor de las revistas científicas, a fin de que alcancen los resultados exigidos como difusores de ciencia y de conocimiento.

Para garantizar el cumplimiento de estos principios, se precisa de un compromiso de los tres ejes que articulan el proceso de edición de la revista: editor (director de la revista), autor y revisor externo. Dicho compromiso se plasma en la obligatoriedad de disponer de un código ético en el proceso editorial para cada revista.

2.1. Deberes de los integrantes del proceso editorial: editor, autor y revisor externo

2.1.1. Deberes del editor
Gestión

El editor es, generalmente, el director de la revista, y debe asumir una serie de deberes. En cualquier caso, el responsable último de la revista, que debe garantizar que se cumplan todos los ítems que a continuación se detallan, es el director de la misma, que contará con un Consejo Editorial para garantizar el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

  1. El director de la revista deberá conocer los criterios establecidos por el Sistema Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal (Latindex) y consultar el catálogo 2.0, de metodología de la página, ante posibles actualizaciones en los 38 criterios exigidos en una revista de calidad científica: https://www.latindex.org/latindex/meto2.

Asimismo, deberá conocer los criterios de calidad establecidos para la obtención del sello de calidad del FECYT y la guía para la evaluación de repositorios institucionales de investigación: https://www.fecyt.es/es/publicacion/guia-para-la-evaluacion-de-repositorios-institucionales-de-investigacion.

  1. Efectuar todas las acciones que integran el proceso de edición a través de la plataforma, donde constarán las evidencias: fecha de envío del artículo, envío a revisores externos (2 como mínimo, y un tercero en caso de conflicto o duda en la valoración).
  2. Comprometerse a garantizar la periodicidad y la puntualidad de la publicación (anual, semestral, trimestral…).
  3. Informar y proporcionar a los autores las normas específicas de la revista, del proceso de edición a través de la plataforma, así como la necesaria firma del documento de cesión de derechos de autoría.
  4. Tener en cuenta que el número de trabajos por año mínimos publicados sean: 8 (si la revista es anual), 14 (si es semestral), 21 (si es cuatrimestral), distribuidos siempre de manera homogénea, de tal manera que en cada número se incluyan un mínimo de 6 contribuciones.
  5. Promover la difusión de la revista, mediante organización de mesas redondas, presentación de los números vía online o presencial, a fin de dar a conocer la publicación del número, o mediante cualquier otro tipo de actividad de difusión.
  6. Conocer los procesos de indexación a los que puede acceder la revista y fomentar la inclusión de la misma en bases de datos, a través de la consulta en las páginas web, y mediante asesoramiento del responsable de supervisión editorial de la entidad, si lo hubiere. Se considerará especial atención a las bases de DIALNET, LATINDEX «Ulrich’s web», «CAPES», REDIB, REDALYC, SCIELO, ERIC, «ERIH Plus (European Reference Index for the Humanities and Social Sciences)», «MIAR (Matriz de Información para el Análisis de Revistas)», CARHUS Plus+, SCOPUS. Asimismo, se tendrá en cuenta como referencia de calidad la inclusión en bases de datos internacionales como: Arts and Humanities Citation Index o Emerging Sources Citation Index de la Web of Science, Journal Citation Reports (JCR), Social Sciences Edition (SCE), Science Edition (SE), y Scimago Journal Rank (SJR).

Además, el editor deberá conocer la convocatoria de acceso a solicitud del sello de calidad del FECYT (https://www.fecyt.es/es/tematica/sello-de-calidad).

  1. Mantener actualizada una lista de evaluadores externos, expertos en las diversas áreas de conocimiento de la revista, que incluya la identificación nominal e institucional, la dirección electrónica, el área de especialización y el registro de revisiones solicitadas y realizadas.
  2. Tener “Documentación sobre el flujo editorial. La revista deberá presentar los informes de revisión de los trabajos, así como las comunicaciones entre los autores, el editor y los revisores durante el proceso y la decisión editorial definitiva (respuesta de los autores, comunicación a estos de la decisión final de la revista sobre la publicación o no del manuscrito, etc.)” (FECYT, 2020, p. 3).
Revisión atenta de contenido y forma de los artículos
  1. Leer atentamente y efectuar una primera revisión de los artículos entregados a través de la plataforma, antes de remitir los originales a los revisores externos; sobre todo, asegurarse de que la aportación es relevante y supone un estudio innovador y original, adecuado a la temática de la revista.
  2. Revisar que cada artículo cumple con la estructura establecida, según criterios de exigencia de las revistas científicas en el ámbito internacional: título (en idioma original y en otro idioma), inclusión del nombre del autor (además de filiación, mail y dirección postal oficial), fecha de recepción y aceptación de originales.
  3. Asegurarse de que después del título del artículo se incluyen dos resúmenes, de unas 250 palabras, en dos lenguas diferentes: la lengua original del artículo y otro idioma de comunicación oficial, teniendo en cuenta que uno de los dos idiomas tiene que ser el inglés y que, si el artículo está escrito en inglés, el segundo resumen se traducirá al español. Se incluirán, como mínimo, 5 palabras clave, para facilitar la búsqueda en los catálogos bibliográficos digitales. Las palabras clave estarán en los dos idiomas.
  4. Revisar, si es el caso, irregularidades de tipo gramatical, y asegurarse de que el sistema de citación es sistemático.
  5. Valorar si la bibliografía del artículo está actualizada, antes de enviar a revisores externos.
  6. Ocultar cualquier referencia que revele la autoría del artículo antes de enviar a revisores externos.
Ética y transparencia
  1. Asegurarse de que todas las personas que participan en el proceso de edición cumplan los criterios de buenas prácticas y principios éticos.
  2. Evaluar el porcentaje de coincidencias o posible plagio de los artículos, a través del programa Turnitin o equivalente, teniendo en cuenta que un porcentaje superior a un 20%, cuando no se trate de una coincidencia en citaciones, se considera plagio, según definición de la RAE (23ª ED.): “copiar en lo sustancial una obra ajena, dándola como propia. La suplantación tiende a presentar como propia una obra ajena para aprovecharse de la fama y mérito intelectual de su autor” y está tipificado como delito según el art. 270.1 del Código Penal: “Será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses el que, con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios”.
  3. El editor deberá valorar, además de las coincidencias resultantes del análisis del programa Turnitin, el posible autoplagio, reduplicación de contenidos, o incluso traducciones exactas de un artículo ya editado en otra lengua.
  4. Desestimar el envío del artículo a los revisores externos, si el contenido del mismo afecta al código o a los principios éticos de cualquier investigación, en cuanto a tratamiento de personas, animales, datos sensibles, trato discriminatorio, enfoque subjetivo de la investigación, etc. Asimismo, los artículos desautorizados se conservarán como evidencia en la plataforma OJS, advirtiendo de forma clara de que se trata de un artículo desautorizado, para distinguirlo de otras correcciones o comentarios.
  5. Según criterios del Code of Conduct and Best Practices Guidelines for Journals Editors (COPE) no podrá publicar un artículo científico el propio director, subdirector o secretario de una revista, ni ser revisores en ningún número de la misma. La única intervención del director se centrará, si lo considera oportuno, en la presentación inicial del volumen. Además, y según criterios de la ANECA: “No se tendrán en cuenta las publicaciones de cuyo comité de redacción forme parte el autor” (BOE núm. 2, p. 378, de 2 de enero de 2021, Resolución de 30 de octubre de 2020, de la CNEAI, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación).
  6. Ninguno de los autores de un número puede ejercer como revisor externo de ningún artículo en ese mismo número, por afectar al código de buenas prácticas editoriales.
  7. El Consejo Editorial y el Comité Científico de la revista deben estar formados por expertos en el campo de estudio de la revista, y más del 75% de los mismos deben ser ajenos a la entidad editora, a fin de evitar la endogamia, según los criterios sobre la calidad científica y autoría de las revistas (BOE núm. 2, Resolución de 30 de octubre de 2020, de la CNEAI, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación, p. 380). Entre este porcentaje, al menos un tercio del Comité Científico deberá estar compuesto por miembros de instituciones extranjeras (FECYT, 2007, p. 16).
  8. Respecto a la autoría, “más del 80% de los trabajos deberán estar firmados por autores/as externos/as al Consejo de Redacción y a la entidad editora de la revista”, a fin de evitar la endogamia (FECYT, 2020, p. 6).
  9. Ningún autor de un artículo en un número de una revista puede ser miembro del Consejo Editorial, ni del Comité Científico que figura en dicho número.
  10. Asegurarse de la procedencia extranjera de los autores que se requiere en cada número, a fin de garantizar el mayor grado posible de internacionalización de la revista, tal como se evidencia en las bases de datos de alto índice de impacto: “Las revistas deben maximizar la internacionalización de la afiliación de los autores, que deberán ser cumplidas por áreas temáticas y para el conjunto de la colección: Ciencias Humanas (25%), Salud (35%), Biológicas (40%)” (Scielo, 2018, p. 14).
  11. Debe existir igualdad de género en las prácticas editoriales. A este fin, al menos se debe contar con “un porcentaje mínimo del 40% de mujeres en la composición de los siguientes órganos, medidos de forma conjunta: Dirección, Secretaría de Redacción, Consejo de Redacción, Comité Editorial o Consejo Asesor. Existencia de un porcentaje mínimo del 40% de mujeres como revisoras de los trabajos enviados a la revista” (FECYT, 2020, p. 9).
  12. Sistema de arbitraje. En la revista debe detallarse el procedimiento empleado para la selección y evaluación de los artículos a publicar, que deberán enviarse al menos a dos pares, que emitirán un informe final argumentado de su revisión. En ningún caso el editor de la revista podrá ser revisor. El tipo de revisión aplicado será par doble ciego.
  13. Evitar conflictos de intereses, en caso de que el artículo de un autor se envíe a un revisor, asegurándose previamente que no tiene relación directa con el autor, en casos como:
    • grado de parentesco
    • haber dirigido la tesis doctoral del autor
    • haber colaborado en proyectos de investigación con el autor
    • tener relación contractual o compartir fondos o proyectos de investigación nacionales o internacionales, de entidades públicas o privadas, o de cualquier otra naturaleza, en los últimos 3 años.
    • Detectar que el trabajo a evaluar está estrechamente relacionado con el que el evaluador está desarrollando en ese momento o con el que ya ha publicado. En estos casos, ante la duda, debe renunciar a la tarea encomendada y devolver el trabajo al Equipo Editorial, señalando los motivos para tal decisión.
    • otros casos que pudieran afectar a una evaluación objetiva e imparcial.
  14. Comunicarse de manera fluida y atenta con los autores de los artículos en todo el proceso editorial, informando, de manera constructiva y motivada, sobre el proceso que incluya tanto la decisión de aceptación, como las razones de revisión o rechazo del manuscrito, así como los dictámenes originales emitidos por los expertos, siempre preservando el anonimato del revisor externo desde un total grado de confidencialidad.
  15. Utilizar un lenguaje respetuoso con todos los agentes del proceso editorial, evitando culpabilizar a agentes externos a las tareas propias del editor.
  16. Comunicarse de manera respetuosa con los revisores externos, que prestarán siempre colaboración gratuita en la tarea de evaluación de los originales; en caso de que así lo requieran, se les emitirá un certificado o documento en el que se haga constar su participación como revisor externo de la revista.
  17. Decidir, ante una elevada recepción de originales para un número, qué contribuciones son más adecuadas para conformar mayor cohesión al volumen.
  18. Comprometerse a que ningún revisor externo valore más de 3 artículos de un mismo número, para evitar la sobrecarga de la tarea del revisor y contribuir a una buena práctica editorial. La duración del proceso de revisión será de un máximo de 30 días naturales, salvo en casos justificados y siempre a consideración del editor de la revista. Asegurarse de que todos los miembros del Consejo Editorial y del Comité Científico colaboran activamente en la revista (revisión de artículos, lector, traductor, corrector de estilo…), tal como se evidenciará en la Plataforma OJS.
  19. Dado que, del informe valorativo del revisor, se puede concluir en tres resultados:
    1. aceptado
    2. requerimiento de modificaciones
    3. no aceptado,
    en las opciones b) y c) el editor se compromete, ocultando siempre la identidad del revisor, a facilitar al autor una copia de los párrafos en los que se describen aspectos a mejorar o subsanar, para que el autor pueda conocer de manera transparente la decisión final y actuar según requerimiento.
  20. Comprometerse a declarar formalmente que el editor no ha manipulado, ocultado, añadido o intervenido por ninguna vía en la redacción de los informes de valoración externa. En caso de constancia expresa de incumplimiento, se aplicará una sanción por falsificación documental, que se produce cuando: “una persona altera, modifica, simula o falsifica un documento o parte del mismo” y se tipifica como delito que se regula en los artículos 390 a 399 del Código Penal (Capítulo II "De las falsedades documentales" del Título XVIII).
2.1.2. Deberes del autor
  1. Los autores de los textos enviados para su publicación en las revistas de la UCV son los primeros responsables de su contenido, y por ello están obligados a cumplir con los criterios de originalidad, buenas prácticas y ética en la investigación. A este fin, deberán garantizar que el artículo es un trabajo original, no publicado antes en ningún otro medio ni en ninguna otra lengua, y que no ha sido enviado a otra revista.
  2. Indicar en el texto si el estudio ha recibido algún tipo de financiación.
  3. Se recomienda que el artículo presente una estructura diferenciada, donde al menos consten: introducción, objetivos y metodología y conclusiones, además de la bibliografía final.
  4. Los autores deberán mencionar adecuadamente la procedencia de las ideas o frases literales tomadas de otros trabajos ya publicados de la forma que se indique en la normativa de la revista.
  5. Asegurarse de que todas las referencias bibliográficas internas del original, y únicamente estas, se recogen en la bibliografía final.
  6. Incluir en la versión definitiva del artículo los cambios que los evaluadores hayan considerado necesarios para que pueda ser publicado en la revista.
  7. En caso de reproducir total o parcialmente material gráfico, garantizar que disponen de los permisos de explotación que puedan complementar el texto del artículo (imágenes, tablas, gráficos ...), por lo que se citará su procedencia, aportando los permisos de reproducción pertinentes si fuera necesario.
  8. Asegurarse de que no se ha incurrido en plagio, autoplagio, ni en reduplicación de un artículo ya publicado, de manera total o parcial.
  9. Cumplir las normas de edición de la revista de manera exhaustiva.
  10. Firmar y enviar el documento de cesión de derechos de autoría.
  11. Ser conscientes de que los autores que firman el artículo han colaborado en el mismo, y no se recurre a autores ficticios, o, por el contrario, se ha ocultado algún autor que, a pesar de aportar su colaboración, no figura como firmante, evitando la autoría ficticia o regalada, que constituye una mala práctica científica.
  12. Conocer la normativa sobre el orden de las firmas y sus implicaciones, según criterios de la ANECA, a efectos de acreditaciones, según el uso comúnmente aceptado en el área de la revista, haciendo notar cuando el orden de firma sea alfabético.
  13. No enviar de manera simultánea el mismo artículo a dos o más revistas diferentes.
2.1.3. Deberes del revisor externo
  1. La responsabilidad de aceptar o rechazar un trabajo para su publicación recae en el Equipo Editorial, que se deberá basar en los informes recibidos, que deberán argumentar su relevancia, originalidad y claridad de exposición.
  2. Aceptar la evaluación únicamente si creen que tienen la competencia adecuada para llevarla a cabo.
  3. Valorar, como especialistas, si los artículos que han revisado tienen los méritos necesarios para ser publicados en la revista.
  4. Evaluar los originales de manera objetiva y argumentada, imparcial, y renunciar a la evaluación si consideran que, por cualquier conflicto de interés (académico o personal), no pueden emitir un informe del trabajo con neutralidad.
  5. Revisar de manera constructiva los manuscritos, y argumentar adecuadamente sus juicios, sin adoptar posturas hostiles y respetando la independencia intelectual de quien haya elaborado el trabajo.
  6. Asegurarse de que los trabajos incluyen las referencias bibliográficas más relevantes sobre el tema tratado. Comprobar que se citan los trabajos relevantes ya publicados sobre el tema, y revisar la bibliografía del artículo, mediante sugerencias sobre la supresión de obras que no son relevantes, o la incorporación de referencias no citadas y, en cambio, relevantes para la investigación presentada.
  7. Abstenerse de comentar a terceros el trabajo que se está revisando, así como de emplear los datos que aparecen mientras el texto no se haya publicado.
  8. Respetar el anonimato del proceso de evaluación, comprometiéndose a la confidencialidad durante la revisión y también tras la publicación del número.
  9. Informar a los editores si detectan en los artículos contenido sustancialmente similar al de trabajos ya publicados.
  10. Comprometerse a entregar el informe de evaluación en la fecha indicada por los editores. Si quien realice una evaluación no se considera capaz de evaluar el trabajo, o bien no puede cumplir su tarea en el plazo acordado, deberá comunicarlo lo antes posible a la Dirección de la revista.

3. Referencias

CSIC. (2016). Guía de buenas prácticas de las publicaciones periódicas y unitarias de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Madrid: CSIC.

COPE. Code of Conduct and Best Practices Guidelines for Journals Editors. (2011). https://publicationethics.org/files/Code_of_conduct_for_journal_editors_Mar11.pdf

CRUE, COSCE, CSIC (2015). Declaración Nacional sobre Integridad científica. https://www.crue.org/wp-content/uploads/2020/02/Declaraci%C3%B3n-Nacional-Integridad-Cient%C3%ADfica_.pdf

FECYT. [Web]. (2002). Clasificación de revistas. guia_clasificacion_revistas_sello_fecyt_ok_0_0.pdf

FECYT. [Web]. (2007). Criterios de calidad en la investigación en humanidades. 2007-criterios-hh3.pdf (ucm.es)

FECYT. [Web]. (2020). Guía de evaluación de la séptima convocatoria de evaluación de la calidad editorial y científica de las revistas científicas españolas. https://calidadrevistas.fecyt.es/sites/default/files/noticias/report_2020_12_10guiaeval7conv_def_2.pdf

FECYT. [Web]. (2021). Resultados del proyecto Infraestructuras y Estándares para la Ciencia en Abierto (INEOS) y manual de buenas prácticas para la gestión de repositorios institucionales, sistemas de gestión curricular y revistas científicas. Madrid: FECYT.

International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE). [Web]. http://www.icmje.org

LATINDEX. [web]. Sistema Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal. https://www.latindex.org/latindex/meto2

RAE. (2020). Diccionario de la lengua española. (23ª Ed.). Versión electrónica disponible en https://dle.rae.es

Resolución de 30 de octubre de 2020, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. BOE núm. 2. Disposición 53 del BOE núm. 2 de 2021

Scielo. (2018). Criterios, política y procedimientos para la admisión y la permanencia de revistas científicas en la Colección SciELO. https://wp.scielo.org/wp-content/uploads/Criterios-Rede-SciELO-es.pdf#page16

Turnitin [web]. http://www.turnitin.com